La normativa de protección de datos permite que puedas ejercer ante el responsable del tratamiento tus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas.

El Reglamento General de Protección de Datos señala un conjunto de principios, de obligado cumplimiento, para los responsables y encargados del tratamiento (empresas y profesionales) que, en el desarrollo de su actividad, traten datos de carácter personal.

Protección de Datos – RGPD / LOPDyGDD

El Reglamento (UE) 2016/679, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales (LOPDyGDD), son las disposiciones básicas de obligado cumplimiento para todas las empresas y profesionales que, en el desarrollo de su actividad, traten datos de carácter personal.

El RGPD y la LOPDyGDD tienen como finalidad garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas y, especialmente, el derecho de su honor e intimidad personal y familiar. Viene a proteger todos los datos de carácter personal registrados en cualquier tipo de soporte físico, automatizado o no, que los haga susceptibles de tratamiento, y a cualquier modalidad de uso de esos datos una vez obtenidos.

Principios en Materia de Protección de Datos Personales:

  • Autoregulación / Cumplimiento regulatorio.
  • Licitud y Lealtad en el tratamiento de datos personales.
  • Transparencia en las actuaciones.
  • Limitación de la finalidad.
  • Minimización de datos.
  • Principio de exactitud.
  • Limitación del plazo de conservación.
  • Integridad y confidencialidad.
  • Interés legítimo.
  • Consentimiento inequivoco.
  • Capacidad de demostrar el cumplimiento.
  • Seguridad enfocada al riesgo.
  • Delegado de Protección de Datos (DPS), cuando sea necesario.
  • Responsabilidad proactiva

PACTO DIGITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS

Es una iniciativa que tiene como objetivo promover un compromiso firme con la privacidad en las políticas de sostenibilidad y los modelos de negocio de las organizaciones, compatibilizando el derecho fundamental a la protección de datos con la innovación, la ética y la competitividad empresarial.

El PACTO DIGITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS promueve la privacidad como un activo para organizaciones públicas y privadas. Entre los principios que se recogen se encuentra impulsar la transparencia para que los ciudadanos conozcan qué datos se están recabando y para qué se emplean, promover la igualdad de género y la protección de la infancia y las personas en situación de vulnerabilidad, o garantizar que las tecnologías eviten perpetuar sesgos o aumentar las desigualdades existentes, evitando la discriminación algorítmica por razón de raza, procedencia, creencia, religión o sexo, entre otras.

Mediante la adhesión al PACTO DIGITAL, las entidades se comprometen a implantar los principios y recomendaciones recogidas en el mismo, así como a difundir entre su personal trabajador y las personas usuarias el Canal prioritario para solicitar la eliminación urgente de contenidos sexuales y violentos en internet, así como otros recursos y herramientas para ayudar a la concienciar sobre el valor de la privacidad y la importancia del tratamiento de los datos personales.

Pacto Digital — Canal Prioritario

El Canal prioritario ofrece una vía rápida y gratuita para denunciar la publicación en Internet de contenidos sexuales o violentos difundidos sin el permiso de las personas que aparecen en ellos, en particular, en casos de acoso a menores o violencia sexual pero también en situaciones de violencia digital de todo tipo.